El titular de juzgado de Instrucción número 32 de Madrid, Santiago Torres, ordenó ayer la liberación de una ciudadana brasileña que se encontraba retenida en Barajas desde el pasado 3 de mayo. El juez justificó su decisión porque la sala de inadmitidos del aeropuerto madrileño carece de las condiciones que la ley establece para los centros de internamiento de extranjero
Marta Silvana D. S., de nacionalidad brasileña, se encontraba en España realizando un curso de doctorado. El pasado 22 de abril viajó a su país para tramitar un visado de estudiante y continuar sus estudios en la Universidad Complutense de Madrid. Al llegar a Barajas el pasado sábado fue rechazada por la policía, que consideró que no cumplía los requisitos necesarios para entrar en el país. Desde entonces permanecía retenida en la sala de inadmitidos, donde, desde hace varios meses, han ido a parar decenas de brasileños. La gran repercusión de estos rechazos en frontera provocó que Brasil inadmitiera en reciprocidad a decenas de españoles en aeropuertos de aquel país hace unos meses.
Pasado el plazo de 72 horas que, según la Constitución, puede estar detenida una persona, Silvana inició el procedimiento del habeas corpus para que un juez evaluara si su detención era legal. El juez Santiago Torres consideró entonces que el internamiento de la brasileña en la sala de inadmitidos constituía "un supuesto de privación de libertad no proporcionada ni justificada" por lo que ordenó su inmediata puesta en libertad.
Tras explicar que, según la ley de extranjería, los centros de internamiento de extranjeros no son centros penitenciarios y deben estar dotados de "servicios sociales, jurídicos, culturales y sanitarios", el magistrado concluyó que "no existe la más mínima constancia de que la sala de inadmitidos del aeropuerto de Barajas reúna los requisitos necesarios (...) para la adecuada permanencia de la extranjera Marta Silvana D. S.".
El juez tuvo en cuenta igualmente que la retenida en Barajas tenía domicilio conocido en una casa de alquiler de Alcalá de Henares (Madrid), donde vive con su hija, de 25 años, que también estudia en España. "No concurren los datos que permitan acceder a la petición excepcional de limitar la libertad deambulatoria de la solicitante del habeas corpus", concluye la resolución judicial.
El Pais.com
DECLARACIONES UNIVERSALES, DÍAS INTERNACIONALES...........¡QUE BONITO!
CUANTAS MAS SEAN, MAS SE INFRINGEN O PAREN LEYES REPRESORAS. SUTILEZAS
DEL HOMO SAPIENS
1 comentario:
ESA ES MI MARIBELLA .... DALES UN POCO DE TUMBADO DE VOZ CRÍTICA
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